El impuesto lo paga el vendedor, la declaración, alguien en la UE.

Autor Efe Kamış · cofundador
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Referencia ICC Incoterms® 2020 · código aduanero de la Unión 952/2013 · Directiva del IVA 2006/112 · Reglamento CBAM 2023/956
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Con la regla DDP (Entregada Derechos Pagados), el vendedor lleva la mercancía al lugar convenido en el país del comprador, realiza el despacho de importación y paga los tributos que se devengan en la importación; el diagrama de la ICC pregunta también al vendedor que se plantea esta regla si podrá recuperar el IVA a la importación. La DDP no ha desaparecido: es una de las once reglas Incoterms® 2020. En una venta a la UE, lo difícil es la declaración más que el dinero: quien presenta una declaración aduanera en la UE tiene que estar establecido en la UE (código aduanero de la Unión, art. 170, apartado 2). Un vendedor de Türkiye (Turquía) necesita por eso un representante aduanero indirecto establecido en la UE; ese representante pasa a ser codeudor de la deuda aduanera (art. 77, apartado 3), y la venta se convierte en una entrega sujeta a IVA en ese país. Si no puede asumir los trámites de importación, la ICC remite a DAP o DPU.

Qué dice la regla DDP en Incoterms® 2020

La DDP es el extremo de la escala que más trabajo carga sobre el vendedor. La nota orientativa de la ICC de abril de 2025 lo muestra en una tabla: con diez de las once reglas, el comprador despacha la importación y paga los aranceles; solo con la DDP ambas cosas corresponden al vendedor. En palabras de la nota, con la DDP el vendedor responde de todos los derechos, impuestos y trámites de importación en el país de destino.

La pregunta «¿se ha eliminado la DDP?» suele venir de otras dos reglas. Las que desaparecieron fueron la DDU, sustituida por DAP en Incoterms® 2010, y la DAT, rebautizada DPU en 2020; la DDP siguió. Los detalles están en Incoterms® 2020: las once reglas. La DDP sigue siendo una de las siete reglas para cualquier modo de transporte y sirve para mar, carretera, avión o ferrocarril.

La ICC también advierte contra ella. La introducción a Incoterms® 2020 pone los dos extremos uno al lado del otro: con EXW (En Fábrica), limitarse a poner la mercancía a disposición del comprador puede dar problemas en la carga y en el despacho de exportación, y por eso se aconseja al vendedor la regla FCA; con la DDP, algunas obligaciones del vendedor, como el despacho de importación, solo pueden cumplirse en el país del comprador. Eso puede resultarle física o jurídicamente difícil, y la introducción sugiere entonces valorar DAP (Entregada en Lugar) o DPU (Entregada en Lugar Descargada). Qué supone el otro extremo en las exportaciones desde Türkiye se explica en EXW en las exportaciones desde Türkiye.

En el lado turco, la DDP es la condición de entrega que figura en la declaración de exportación y en la factura; la casilla del código se indica en la regla Incoterms® en la declaración y en la factura electrónica. Cómo se construye un precio DDP a partir de un precio FCA o DAP se explica en convertir precios entre reglas Incoterms®.

Quién presenta la declaración de importación en la UE

Según el código aduanero de la Unión, puede presentar una declaración aduanera cualquier persona capaz de aportar toda la información exigida para el régimen declarado y de presentar la mercancía en aduana (art. 170, apartado 1). Pero el declarante tiene que estar establecido en el territorio aduanero de la Unión (art. 170, apartado 2). Declarante es quien presenta la declaración en nombre propio, o la persona en cuyo nombre se presenta (art. 5, punto 15).

Un vendedor no establecido en la UE declara, por tanto, a través de un representante aduanero. El código prevé dos formas de representación (art. 18, apartado 1): en la representación directa, el representante actúa en nombre y por cuenta de otra persona; en la representación indirecta, actúa en nombre propio pero por cuenta de otra persona. El propio representante tiene que estar establecido en la UE (art. 18, apartado 2). Debe indicar que actúa por cuenta de la persona representada y precisar si la representación es directa o indirecta; quien no indique que actúa como representante aduanero se considera que actúa en nombre y por cuenta propios (art. 19, apartado 1).

Declaración de importación para un vendedor de fuera de la UE: dos formas de representación (código aduanero de la Unión)
AspectoRepresentación directaRepresentación indirecta
En nombre de quién declara el representanteEn nombre del vendedor y por su cuentaEn nombre propio, por cuenta del vendedor
Declarante (art. 5, punto 15)El vendedorEl representante
Requisito de establecimiento (art. 170, apartado 2)Se aplica al vendedor; un vendedor de fuera de la UE no lo cumpleSe aplica al representante, que está establecido en la UE
Deudor de la deuda aduanera (art. 77, apartado 3)El declarante, es decir, el vendedorEl representante y el vendedor juntos

El código establece tres excepciones al requisito de establecimiento (art. 170, apartado 3): quienes presentan una declaración de tránsito o de importación temporal; quienes presentan una declaración de forma ocasional, si las autoridades aduaneras lo consideran justificado; y quienes están establecidos en un país limítrofe con la UE y presentan la mercancía en una aduana fronteriza de la UE contigua a ese país, siempre que ese país conceda reciprocidad a las personas establecidas en la UE. Las dos primeras dependen del régimen y del criterio de la autoridad, la tercera de la reciprocidad; consulte a la aduana del país de importación antes de basar un envío en cualquiera de ellas.

En la práctica, un vendedor de fuera de la UE que vende en DDP declara casi siempre a través de un representante indirecto. En la representación indirecta, el representante es el declarante y el deudor de la deuda aduanera; también es deudor el vendedor por cuya cuenta se presenta la declaración (art. 77, apartado 3). Si la información lleva a no percibir todo o parte de los derechos, también es deudor quien la aportó sabiendo, o debiendo saber razonablemente, que era falsa. Como el representante asume la deuda de otro, aceptar la representación indirecta es decisión suya: puede pedir una garantía o un pago por adelantado, o rechazar el encargo de un vendedor de fuera de la UE. Busque al representante antes de presupuestar y pida sus condiciones por escrito.

Las reglas están cambiando. El nuevo código aduanero de la Unión, Reglamento (UE) 2026/2108, se aplica a partir del 21 de septiembre de 2027 (art. 287, apartado 2). Con el nuevo texto, el importador tiene que estar establecido en la UE; una de las excepciones es el importador representado por un representante indirecto establecido en la UE (art. 27, apartado 3, letra e). El representante indirecto que actúa por cuenta de un importador no establecido en la UE se considera importador a efectos de las obligaciones de este (art. 33, apartado 3). Esas obligaciones son tres: facilitar la información, garantizar el pago de los derechos y asegurarse de que la mercancía cumple el resto de la normativa. El calendario de la reforma está en qué cambió en 2026.

IVA a la importación y alta en el IVA

Los productos industriales que viajan de Türkiye a la UE con A.TR no pagan arancel; el IVA a la importación se devenga, por regla general, en cada envío. Para un exportador turco, el peso económico de la DDP es por eso a menudo el IVA a la importación más que el arancel, con impuestos especiales y derechos antidumping en algunos productos. Qué tributos se devengan se explica en importar de Türkiye a la UE; la lógica que construye la base imponible a partir del valor en aduana más los derechos es la misma en las importaciones a Türkiye, y el orden del cálculo está en el cálculo de los tributos de importación en Türkiye.

Quién debe el IVA a la importación lo designa el Estado miembro de importación (Directiva del IVA, art. 201). Como en DDP el vendedor importa por su propia cuenta, a partir de ahí la cadena lo vincula al sistema de IVA de ese país:

  • La venta pasa a ser una entrega en ese país. Si el transporte empieza fuera de la UE, la entrega del importador designado como deudor del IVA y cualquier entrega posterior se consideran realizadas en el Estado miembro de importación (art. 32). La venta del vendedor DDP al comprador es allí una entrega interior sujeta a IVA.
  • El IVA de esa entrega lo debe, en principio, el vendedor (art. 193). Un Estado miembro puede hacer deudor al destinatario cuando el proveedor no está establecido allí (art. 194); si lo hace o no depende del país.
  • Puede hacer falta un número de IVA. Los Estados miembros identifican a los sujetos pasivos que realizan en su territorio entregas con derecho a deducción, salvo las entregas en las que solo el destinatario es deudor del impuesto (art. 214, apartado 1, letra a).
  • Recuperar el IVA a la importación depende del alta. El sujeto pasivo deduce el IVA a la importación en el Estado miembro en que realiza sus operaciones gravadas (art. 168, letra e). La vía para una empresa de fuera de la UE sin alta es la devolución según la Directiva 86/560/CEE (art. 171, apartado 2), pero solo para una empresa que no ha hecho entregas de bienes ni prestaciones de servicios en ese Estado miembro (Directiva 86/560/CEE, art. 1, apartado 1). Una venta DDP es una entrega en el Estado miembro de importación (art. 32), así que el vendedor solo puede usar esa vía si el país hace deudor del IVA de esa venta al comprador (art. 194; art. 171, apartado 2, párrafo segundo); en otro caso necesita darse de alta en el IVA y deduce en su declaración. Donde la vía de devolución está abierta, el Estado miembro puede condicionarla a la reciprocidad y exigir un representante fiscal (Directiva 86/560/CEE, art. 2, apartados 2 y 3).
  • A veces se puede evitar el pago en frontera. Un Estado miembro puede permitir que el IVA a la importación se consigne en la declaración del IVA en lugar de pagarse en la importación (art. 211); para ello hace falta alguien que presente declaraciones del IVA en ese país.

Cuál de estas reglas se aplica, y con qué condiciones, lo decide el derecho nacional. Antes de ofrecer DDP, haga dos preguntas a un asesor fiscal de ese país: ¿hace falta darse de alta en el IVA?, ¿y cómo se recupera el IVA a la importación?

Mercancías CBAM vendidas en DDP

Las mercancías sujetas al Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC, CBAM), como el cemento, el hierro y el acero, el aluminio, los fertilizantes, la electricidad y el hidrógeno, solo puede importarlas en la UE quien tenga la condición de declarante autorizado del CBAM (Reglamento (UE) 2023/956, art. 4). El reglamento define al importador como la persona que presenta la declaración de despacho a libre práctica en nombre propio y por cuenta propia o, si la declaración la presenta un representante indirecto, la persona por cuya cuenta se presenta (art. 3, punto 15). En DDP, esa persona es el vendedor de Türkiye.

Para un importador no establecido en ningún Estado miembro, la condición de declarante autorizado la obtiene el representante aduanero indirecto, esté o no exento el importador por el umbral de 50 toneladas (art. 5, apartado 2). El representante asume entonces, para esas mercancías, las obligaciones CBAM del importador (art. 5, apartado 2 bis). En DDP, el representante tiene que aceptar, junto con la declaración aduanera, la declaración CBAM y los certificados; si no acepta, la mercancía no puede importarse. Los datos de emisiones y el reparto de costes están en CBAM para exportadores turcos.

Cuándo DAP expone menos

Con DAP, el vendedor sigue llevando la mercancía hasta la puerta del comprador y asume el riesgo hasta allí; el despacho y los tributos de importación corresponden al comprador. El diagrama de la ICC liga la elección justo a esta pregunta: ¿puede obtener las licencias de importación y hacer los trámites de importación en el país de destino, y puede recuperar el IVA a la importación? Si no, elija DAP en lugar de DDP, como sugiere también la nota orientativa de la ICC, o DPU si la descarga también le corresponde. Quién paga cada concepto en estas tres reglas se ve en reparto de costes Incoterms.

Una vía intermedia frecuente es un añadido como «DDP, VAT unpaid»: el arancel queda en el vendedor y el IVA a la importación pasa al comprador. Las reglas Incoterms® no prohíben estas modificaciones, pero la introducción las califica de peligrosas: las partes deben dejar el efecto buscado extremadamente claro en el contrato y, si cambian el reparto de costes, indicar también si quieren mover el punto de entrega y de transmisión del riesgo. Hay otro problema: quién debe el IVA a la importación lo designa el país de importación, no el contrato (Directiva del IVA, art. 201). El comprador solo puede pagarlo si ese país lo reconoce como deudor. Las variantes se tratan en Incoterms® 2020.

Regla práctica

No ofrezca DDP hasta que un representante indirecto establecido en la UE haya aceptado por escrito. Incluya en el precio sus condiciones de garantía, sus honorarios y, en mercancías CBAM, si actuará como declarante autorizado.

Si no tiene alta en el IVA del país de importación ni forma de recuperar el IVA a la importación, elija DAP. El comprador importa y deduce el impuesto él mismo; usted sigue asumiendo el riesgo hasta la puerta.

Si escribe «DDP, VAT unpaid», escriba también quién presenta la declaración. Si el IVA lo va a pagar el comprador, compruebe antes que el país de importación lo reconoce como deudor.

En nuestros envíos de transporte por carretera de Türkiye a la UE, la declaración de exportación y los certificados de circulación como el A.TR y el EUR.1 los prepara nuestro propio personal de aduanas; la declaración de importación en la UE corresponde a un representante aduanero establecido en la UE.

Cuando algo sale mal

La mercancía llega a la frontera sin representante indirecto

El vendedor ha vendido en DDP contando con que el agente del comprador se encargaría. El representante del comprador trabaja con gusto para el comprador, pero no quiere declarar en nombre propio por cuenta de un vendedor de fuera de la UE ni compartir la deuda aduanera. Como el declarante tiene que estar establecido en la UE (art. 170, apartado 2), el vendedor tampoco puede declarar por sí mismo; la mercancía espera hasta que aparece un representante.

El IVA a la importación no está en el precio o no se puede recuperar

Como las mercancías con A.TR no pagan arancel, el precio DDP se calculó solo con el flete. El IVA a la importación se calcula sobre el valor en aduana más los derechos y el transporte hasta el primer lugar de destino, y lo paga el vendedor. Sin alta en el IVA de ese país no puede deducirlo y, como ha hecho allí una entrega, por regla general queda fuera del procedimiento de devolución de la Directiva 86/560/CEE.

Mercancía CBAM vendida en DDP sin representante declarante autorizado

Se ha vendido en DDP un producto de acero o aluminio. Como el importador es el vendedor de fuera de la UE, el representante indirecto tiene que tener la condición de declarante autorizado del CBAM (Reglamento CBAM, art. 5, apartado 2). Si no la tiene, o no quiere esa obligación, la mercancía no puede importarse (art. 4).

Preguntas frecuentes

¿Se ha eliminado la regla DDP?

No. La DDP es una de las siete reglas Incoterms® 2020 que sirven para cualquier modo de transporte. Las reglas retiradas son la DDU (en Incoterms® 2010, sustituida por DAP) y la DAT (rebautizada DPU en Incoterms® 2020).

¿La DDP incluye el IVA?

Salvo que el contrato diga otra cosa, los tributos que se devengan en la importación corren por cuenta del vendedor; la nota orientativa de la ICC hace al vendedor DDP responsable de todos los derechos, impuestos y trámites de importación en el país de destino, y su diagrama le pregunta si podrá recuperar el IVA a la importación. Las partes que quieran excluir el IVA deben escribirlo de forma expresa; quién lo debe lo decide el país de importación (Directiva del IVA, art. 201).

¿Hay arancel en una venta DDP de Türkiye a la UE?

No en los productos industriales en libre práctica que viajan con A.TR. En los productos agrícolas y en los del carbón y del acero, el tipo depende de un acuerdo aparte y de la prueba de origen; el IVA a la importación se devenga, por regla general, en cada envío. Los detalles están en importar de Türkiye a la UE.

¿Qué diferencia hay entre DDP y DAP?

En las dos, el vendedor lleva la mercancía al lugar de destino y asume el riesgo hasta allí. La diferencia está en la importación: con DAP, el despacho y los tributos corresponden al comprador; con DDP, al vendedor.

¿Puede una empresa turca presentar en nombre propio una declaración de importación en la UE?

Por regla general, no: el declarante tiene que estar establecido en el territorio aduanero de la Unión (código aduanero de la Unión, art. 170, apartado 2). El código admite excepciones estrechas, como la declaración ocasional y el caso del país limítrofe (art. 170, apartado 3); si se aplican lo decide la aduana del país de importación. La vía habitual es un representante aduanero indirecto establecido en la UE.

Fuentes

  1. ICC — Introducción a Incoterms® 2020 (publicación n.º 723E) Sección IV: EXW y DDP como los dos extremos, despacho de importación en DDP realizable solo en el país del comprador y propuesta de DAP o DPU; sección X: los peligros de modificar una regla. Firma la introducción Charles Debattista; según su propia nota, las opiniones son del autor y no forman parte de las reglas · icc-switzerland.ch (PDF) · consultado el 24 de octubre de 2026
  2. ICC — Incoterms® 2020 Checklist and Flowcharts (publicación n.º 817E, © 2022) Preguntas sobre DDP en el diagrama del vendedor: licencias y trámites de importación, recuperación del IVA a la importación; DDP con cautela porque el despacho de importación puede resultar imposible en la práctica · library.iccwbo.org (PDF, gratuito) · consultado el 24 de octubre de 2026
  3. ICC — Guidance Note: Using the Incoterms® 2020 Rules to Manage Tariff Risk in International Trade (abril de 2025) Tabla de quién despacha la importación y quién paga los aranceles, regla por regla; DDP como única regla en la que paga el vendedor; DAP en lugar de DDP para evitar la exposición del vendedor · iccwbo.org (PDF) · consultado el 24 de octubre de 2026
  4. ICC — página oficial de Incoterms® 2020 Última actualización de las reglas en 2020 · iccwbo.org · consultado el 24 de octubre de 2026
  5. Reglamento (UE) n.º 952/2013, código aduanero de la Unión (versión consolidada del 12 de diciembre de 2022) Art. 5, punto 6 (representante aduanero), 5, punto 15 (declarante), 18 (representación directa e indirecta, establecimiento del representante), 19, apartado 1 (indicación de la forma de representación), 77, apartado 3 (deudor de la deuda aduanera), 170 (quién declara, requisito de establecimiento y excepciones) · eur-lex.europa.eu · consultado el 24 de octubre de 2026
  6. Reglamento (UE) 2026/2108, nuevo código aduanero de la Unión, DO L del 19 de septiembre de 2026 Art. 27 (obligaciones y establecimiento del importador), 33 (representantes aduaneros; el representante indirecto de un importador de fuera de la UE se considera importador), 287, apartado 2 (aplicación a partir del 21 de septiembre de 2027) · eur-lex.europa.eu · consultado el 24 de octubre de 2026
  7. Directiva 2006/112/CE del Consejo, sistema común del IVA (versión consolidada del 14 de abril de 2025) Art. 32 (lugar de la entrega tras la importación), 168, letra e (deducción del IVA a la importación), 171, apartado 2 (devolución a sujetos pasivos de fuera de la UE; párrafo segundo: solo entregas en las que el deudor es el cliente), 193 y 194 (deudor en una entrega), 201 (deudor del IVA a la importación), 211 (pago mediante la declaración del IVA), 214, apartado 1, letra a (identificación a efectos del IVA) · eur-lex.europa.eu · consultado el 24 de octubre de 2026
  8. Directiva 86/560/CEE del Consejo, devolución del IVA a sujetos pasivos no establecidos en el territorio de la Comunidad Art. 1, apartado 1 (devolución limitada a empresas sin entregas en ese Estado miembro), art. 2, apartado 1 (devolución, incluido el IVA a la importación), apartado 2 (reciprocidad), apartado 3 (representante fiscal) · eur-lex.europa.eu · consultado el 24 de octubre de 2026
  9. Reglamento (UE) 2023/956, CBAM (versión consolidada del 20 de octubre de 2025, modificada por el Reglamento (UE) 2025/2083) Art. 3, punto 15 (importador), 4 (importación solo por un declarante autorizado del CBAM), 5, apartados 1 a 2 bis (solicitud de la condición; el representante indirecto de un importador de fuera de la UE) · eur-lex.europa.eu · consultado el 24 de octubre de 2026

Esta página es meramente informativa y no constituye asesoramiento aduanero, fiscal ni jurídico. El derecho de la UE se ha leído directamente en los textos de la Oficina de Publicaciones y se indican los artículos; la práctica de los Estados miembros no se trata aquí. Antes de ofrecer DDP, confirme las normas aduaneras y del IVA del país de importación con un representante aduanero y un asesor fiscal de allí. Incoterms® es una marca registrada de la ICC.

Historial de cambios

  1. Página publicada como versión en español de la página turca del 24 de octubre de 2026. Redactada a partir de la lectura directa de la introducción, los diagramas y la nota orientativa de abril de 2025 de la ICC sobre Incoterms® 2020, el código aduanero de la Unión, el nuevo código aduanero de la Unión, la Directiva del IVA, la Directiva 86/560/CEE y el Reglamento CBAM.