La factura del carbono se emite en la frontera.

Autor Efe Kamış · cofundador
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Referencia Reglamento (UE) 2023/956 · Reglamento Ómnibus (UE) 2025/2083 · Comisión Europea · DEHSt
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El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) de la UE entró en su período definitivo el 1 de enero de 2026. La obligación recae en el importador de la UE: quien importe más de 50 toneladas de mercancías CBAM al año debe obtener la condición de declarante autorizado del CBAM, presentar cada año una declaración a más tardar el 30 de septiembre y entregar certificados equivalentes a las emisiones implícitas en las mercancías. Los certificados salen a la venta en febrero de 2027; la primera declaración, la de las importaciones de 2026, vence el 30 de septiembre de 2027. El exportador turco no declara nada, pero aporta los datos de emisiones de la instalación; sin ellos, el comprador aplica los valores por defecto de la Comisión y la diferencia acaba en el precio.

Quién está obligado y quién no

El CBAM es una obligación de importación. Quien presenta la declaración, compra los certificados y los entrega es el importador establecido en la UE o el representante aduanero indirecto que actúa por su cuenta. El exportador turco no tiene ninguna obligación directa de declarar ante las autoridades de la UE.

Pero el importador necesita, para declarar, las emisiones implícitas en las mercancías, y esa información sale de la instalación de producción. Por eso, para el productor turco, el CBAM se traduce en una obligación de aportar datos y en una cuestión de precio: si faltan datos, el comprador declara con valores por defecto más altos, el coste sube y vuelve a la mesa de negociación.

Declarante autorizado del CBAM
El importador de la UE que introduzca más de 50 toneladas de mercancías CBAM al año necesita esta condición. Según la DEHSt (la autoridad competente alemana), quienes la solicitaron hasta el 31 de marzo de 2026 pudieron seguir importando mientras esperaban la resolución; después de esa fecha, la importación sin esta condición está restringida.
Representante aduanero indirecto
Puede declarar por cuenta del importador y, en ese caso, asume también la obligación del CBAM. En las ventas DDP del exportador turco este papel es decisivo: la declaración CBAM se le pide a quien presenta la declaración de importación.
Productor / exportador turco
No declara nada ni compra certificados. Calcula las emisiones implícitas de su instalación, encarga su verificación a un verificador acreditado cuando hace falta y las transmite al comprador.

Qué mercancías abarca

En el período definitivo son seis sectores: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. En las exportaciones turcas a la UE, los más afectados son los productos de hierro y acero y los de aluminio, incluidos chapa, perfiles, tubos, alambre, elementos de fijación y semielaborados de aluminio. La lista completa de códigos figura en el anexo I del Reglamento CBAM; compruebe si su producto está incluido por el código de la nomenclatura combinada (NC) de la UE que corresponde a su código GTİP de 12 dígitos, no por el nombre del sector.

Sectores CBAM y grupos de productos típicos
SectorProductos típicosUmbral de 50 toneladas
Hierro y aceroProductos planos y largos, tubos, alambre, tornillos y pernos, piezas de fundiciónSe aplica
AluminioLingotes, chapa, perfiles, hojas finas, estructuras de aluminioSe aplica
CementoClínker, cemento, arcilla calcinadaSe aplica
FertilizantesAmoniaco, ácido nítrico, urea, fertilizantes nitrogenados y mixtosSe aplica
ElectricidadElectricidad exportada a la UENo se aplica: obligación desde la primera importación
HidrógenoHidrógenoNo se aplica

Los grupos de productos son un resumen; la lista vinculante son los códigos NC del anexo I del Reglamento. Esta página no da tipos, importes ni factores de emisión.

Cómo funciona el umbral de 50 toneladas

El Reglamento Ómnibus (UE) 2025/2083 suprimió la exención de 150 € por envío y la sustituyó por un umbral de 50 toneladas de masa neta por importador y año civil. Se aplica al hierro y el acero, el aluminio, el cemento y los fertilizantes; en la electricidad y el hidrógeno, la obligación existe desde la primera importación. Un importador que se quede por debajo del umbral no necesita ser declarante autorizado.

Qué significa para el exportador: sus clientes pequeños de la UE pueden quedarse por debajo del umbral; si un cliente grande lo supera al sumar la mercancía que usted le envía, queda obligado y le pedirá los datos. El umbral no se calcula por envío: es la suma de todas las importaciones CBAM del importador.

Qué se pide al productor turco

  • Emisiones implícitas: los gases de efecto invernadero que la instalación emite directamente al fabricar la mercancía (toneladas de CO₂e por tonelada de producto), calculados según el método del Reglamento. En el período definitivo, en algunos sectores cuentan también las emisiones indirectas (el consumo de electricidad).
  • Valores reales o por defecto: si se usan valores reales, las emisiones se someten a seguimiento y registro, y las verifica un verificador acreditado; la declaración CBAM va acompañada de una copia del informe de verificación. Si faltan datos, se usan los valores por defecto que publica la Comisión: no requieren verificación, pero en la mayoría de las instalaciones son más altos que sus emisiones reales.
  • Identificación de la instalación: el comprador indica en la declaración la instalación de producción y su país; el proceso va más rápido si el productor comparte sus datos en el registro del CBAM.
  • Cláusula contractual: el plazo de entrega de los datos, el coste de la verificación y quién asume el coste de los certificados no están en el Reglamento, sino en su contrato de venta.

Regla práctica

Tenga listos los datos de emisiones antes del envío, no cuando se los pidan. El comprador registra los datos al importar, no a final de año. A ojos del comprador, un productor con los datos preparados es un proveedor más barato que otro cuya mercancía se declarará con valores por defecto, aunque los dos tengan la misma tarifa.

Hable del coste del CBAM al preparar el presupuesto. En una venta DDP, el CBAM corre a cargo de quien presenta la declaración de importación; en FCA/FOB, del comprador. Si el contrato no incluye una frase como «coste de los certificados CBAM por cuenta del comprador / incluido en el precio», enero de 2027 traerá una sorpresa.

Calendario y precio de los certificados

1 de enero de 2026
Empezó el período definitivo; los informes trimestrales del período transitorio dieron paso a la declaración anual.
31 de marzo de 2026
Fecha que fijó la DEHSt para solicitar la condición de declarante autorizado; quienes la pidieron hasta ese día pudieron seguir importando mientras esperaban la resolución.
Febrero de 2027
Los certificados CBAM salen a la venta en la plataforma central; los que corresponden a las importaciones de 2026 se compran a partir de esa fecha.
30 de septiembre de 2027
Primera declaración CBAM anual y entrega de certificados, correspondientes a 2026. Después, cada 30 de septiembre.

Precio: el precio de los certificados está ligado al precio de subasta de los derechos del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE UE); según la Comisión, se calcula como media trimestral en 2026 y como media semanal a partir de 2027. En esta página no damos precios actuales; los datos de las subastas se siguen en las publicaciones de la Comisión Europea y de EEX. No entregar los certificados acarrea las sanciones del artículo 26 del Reglamento, y los incumplimientos reiterados pueden llevar a la revocación de la autorización.

El ETS turco y la deducción

El Reglamento CBAM permite deducir de la obligación de certificados el precio del carbono efectivamente pagado en el país de origen. En Türkiye, la base legal de ese mecanismo es la Ley del Clima n.º 7552, que dio a las instalaciones afectadas un plazo para obtener el permiso de emisión de gases de efecto invernadero.

Actualización del 10 de septiembre de 2026: el reglamento de aplicación ya se ha publicado. El Reglamento del Sistema de Comercio de Emisiones de Türkiye apareció en el Diario Oficial turco (Resmî Gazete) n.º 33353, de 27 de agosto de 2026, y entró en vigor ese mismo día (art. 41/1). Se dicta al amparo de la Ley del Clima n.º 7552, de 2 de julio de 2025, y del artículo 792/D del Decreto Presidencial n.º 4 (art. 3/1).

El reglamento regula dos ámbitos (art. 2/1): el seguimiento, la notificación y la verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero de las actividades del anexo 1, junto con las obligaciones de los verificadores y de los titulares de las instalaciones; y las operaciones necesarias para aplicar el Sistema de Comercio de Emisiones.

Lo que importa para la deducción

Que el reglamento haya entrado en vigor no significa que ya exista un precio del carbono que pagar. Según el artículo transitorio 1, el Sistema de Comercio de Emisiones empieza con una fase piloto cuyo ámbito, duración y procedimiento aún no se han fijado; los determinará el Consejo del Mercado de Carbono (Karbon Piyasası Kurulu) tras consultar a las instituciones competentes. A día de hoy, por tanto, no hay en Türkiye ningún precio del carbono efectivamente pagado que pueda deducirse en el CBAM. El marco existe; el precio, todavía no.

Para el exportador, en la práctica nada cambia, pero ahora está más claro qué hay que vigilar: ya no se trata de si se aprobará una ley, sino de la decisión del Consejo del Mercado de Carbono sobre la fase piloto. Si esa decisión incluye la actividad de su empresa, calcular desde ya las emisiones implícitas del producto sirve para dos cosas a la vez: dar los datos al comprador CBAM y notificarlas en el sistema nacional. Volveremos a actualizar esta sección cuando se publique el ámbito de la fase piloto.

Cuando algo sale mal

Sin datos, con valores por defecto

El productor no ha calculado sus emisiones y el comprador declara con el valor por defecto de la Comisión. Como ese valor es más alto que las emisiones reales, el coste de los certificados sube y llega a la siguiente negociación de precios como «diferencia CBAM».

El contrato no menciona el CBAM

Se vendió en DDP y quien presentaba la declaración de importación asumió también el coste de los certificados. El precio sale de una tarifa de 2025; el margen se erosionará en 2027.

Dar por hecho que el cliente pequeño no llega al umbral

El umbral no se mide por envío, sino por el total anual del importador. Si se supera en el segundo semestre, el comprador pide los datos con carácter retroactivo.

El informe de verificación llegó tarde

Se iban a usar valores reales, pero nadie reservó a tiempo un verificador acreditado; como el informe no llega a la fecha de la declaración, el comprador vuelve a los valores por defecto.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el coste del CBAM?

Jurídicamente, el importador de la UE: es quien compra los certificados y presenta la declaración. Comercialmente, el coste pasa al precio según la condición de entrega y el contrato. En DDP lo asume de hecho el vendedor; en FCA/FOB, el comprador. En los dos casos es cuestión de negociación.

¿Qué hacen ustedes como transitario?

No presentamos la declaración: eso corresponde al agente de aduanas y al importador. Nuestro trabajo es que el código arancelario, la masa neta y la instalación de producción que figuran en los documentos del envío coincidan con la declaración CBAM, y averiguar de antemano, a través de nuestro agente en la UE, qué documento quiere el importador y cuándo.

¿Cómo sé si mi producto está incluido?

Por los códigos NC del anexo I del Reglamento. Los ocho primeros dígitos del código GTİP turco corresponden al código NC de la UE; compruebe la lista con ese código. El nombre del sector engaña: algunos productos de hierro y acero quedan fuera y algunos elementos de fijación están dentro.

Fuentes

  1. Comisión Europea — Régimen definitivo del CBAM Inicio el 1 de enero de 2026, umbral de 50 toneladas, declarante autorizado, sectores, mecanismo de precio de los certificados (media trimestral en 2026 y semanal desde 2027) · taxation-customs.ec.europa.eu · consultado el 5 de septiembre de 2026
  2. DEHSt (Autoridad Alemana de Comercio de Emisiones) — Régimen definitivo del CBAM desde 2026 Plazo de solicitud del 31 de marzo de 2026, primera declaración el 30 de septiembre de 2027, venta de certificados desde febrero de 2027, umbral de 50 toneladas calculado sobre masa neta y año civil, verificación acreditada para los valores reales, sanciones del art. 26 · dehst.de · consultado el 5 de septiembre de 2026
  3. EY — La UE adopta el Reglamento Ómnibus del CBAM Reglamento (UE) 2025/2083: adoptado el 8 de octubre de 2025, publicado en el DOUE el 17 de octubre de 2025, en vigor desde el 20 de octubre de 2025; supresión de la exención de 150 € e introducción del umbral de 50 toneladas · ey.com · consultado el 5 de septiembre de 2026
  4. Diario Oficial turco (Resmî Gazete) — Ley del Clima n.º 7552 (n.º 32951, de 9 de julio de 2025) Creación del ETS nacional; plazo de tres años para obtener el permiso de emisión · resmigazete.gov.tr · consultado el 5 de septiembre de 2026
  5. Reglamento del Sistema de Comercio de Emisiones de Türkiye (Türkiye Emisyon Ticaret Sistemi Yönetmeliği) Resmî Gazete n.º 33353, de 27 de agosto de 2026. En vigor desde su publicación (art. 41/1); dictado al amparo de la Ley del Clima n.º 7552 y del art. 792/D del Decreto Presidencial n.º 4 (art. 3/1). Ámbito: seguimiento, notificación y verificación de las actividades del anexo 1 (art. 2/1). El sistema empieza con una fase piloto cuyo ámbito y duración fijará el Consejo del Mercado de Carbono (art. transitorio 1) · mevzuat.gov.tr · consultado el 10 de septiembre de 2026

Esta página es meramente informativa y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni aduanero. El texto vinculante es el Reglamento (UE) 2023/956 con sus modificaciones; los calendarios de aplicación de las autoridades nacionales competentes pueden variar según el Estado miembro. Esta página no da precios de certificados, factores de emisión ni importes.

Historial de cambios

  1. Ronda de comprobación: se constató que el Reglamento del Sistema de Comercio de Emisiones de Türkiye se había publicado en el Diario Oficial turco n.º 33353, de 27 de agosto de 2026, y la sección «El ETS turco y la deducción» se reescribió a partir del texto oficial. La conclusión es la misma, pero ahora su razonamiento es explícito: el reglamento está en vigor, aunque el sistema empieza con una fase piloto cuyo ámbito aún no se ha fijado, así que no hay un precio del carbono efectivamente pagado que pueda deducirse en el CBAM.
  2. Página publicada. Fechas verificadas en las páginas de la Comisión Europea y de la DEHSt, y la referencia del Reglamento Ómnibus, en la alerta de EY. Se actualizará cuando la deducción por el ETS turco se aplique en la práctica.