Qué es este concepto de la factura.
En la factura de un envío marítimo, el «flete» suele ser solo una de las líneas. A él se suman los gastos de manipulación en terminal (THC) y los recargos de combustible (BAF), de divisa (CAF), de temporada alta (PSS), de protección (ISPS) y, ahora también, de emisiones (ETS). La mayoría no tiene una definición normativa internacional: son conceptos comerciales basados en una tarifa que la naviera publica de forma unilateral. Y no todos los cobra la misma parte.
Quién cobra cada concepto
¿Por qué llegan tantas facturas? Porque en un mismo envío cobran al menos tres partes distintas, y cada una aplica su propia tarifa.
Glosario de recargos
El sector usa estas siglas en inglés. Todas comparten un rasgo: ninguna tiene una definición normativa internacional; cada una depende de la tarifa de la naviera, que puede modificarla de forma unilateral.
| Sigla | Nombre completo | Qué cubre |
|---|---|---|
| THC | Terminal Handling Charge | Manipulación del contenedor en la terminal: carga y descarga del buque, movimientos en patio, grúa. Se cobra por separado en origen (OTHC) y en destino (DTHC). |
| BAF | Bunker Adjustment Factor | Repercusión de las variaciones del precio del combustible. |
| CAF | Currency Adjustment Factor | Repercusión de las variaciones del tipo de cambio. |
| PSS | Peak Season Surcharge | Cargo adicional ligado a la demanda de la temporada alta. |
| GRI | General Rate Increase | Subida general de tarifas a partir de una fecha determinada. |
| LSS | Low Sulphur Surcharge | Coste de la obligación de consumir combustible con bajo contenido de azufre. |
| ISPS | International Ship and Port Facility Security | Coste de las medidas de protección de buques e instalaciones portuarias. |
| ERS | Emergency Rate/Risk Surcharge | Coste adicional por un cambio de ruta o una emergencia. |
| CIC | Container Imbalance Charge | Coste del desequilibrio de contenedores vacíos. |
| ETS | Emissions Trading System | Repercusión del coste de los derechos de emisión de la UE (ver más abajo). |
Esta página no indica el importe de ningún recargo. Los importes varían según la naviera, la ruta, el sentido y la fecha de entrada en vigor; no publicamos tarifas que no podemos verificar. Compruebe sus cifras en el contrato de transporte y en la tarifa que publica la naviera.
Qué cambió en 2026: el RCDE UE al 100 %
El régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE UE) cubre el transporte marítimo desde 2024, y las navieras repercuten el coste de esos derechos como un concepto aparte por contenedor. La obligación se introdujo de forma escalonada:
- 2024
- Entrega de derechos por el 40 % de las emisiones verificadas
- 2025
- 70 %
- Desde 2026
- 100 %, y el alcance ya no se limita al CO₂: se incluyen el metano y el óxido nitroso
En la práctica: una lista de precios para rutas con la UE calculada con los costes de 2025 no sirve para 2026. El porcentaje pasó del 70 % al 100 % y, en los buques que usan GNL, también quedó incluido el metano. En muchos presupuestos, el recargo ETS figura además como «estimado» y el importe definitivo se factura más tarde; al pedir presupuesto, pregunte si este concepto es estimado o definitivo.
¿Una tarifa all-in lo incluye todo?
No, y es la parte del presupuesto que más a menudo se lee mal. All-in no es una definición normalizada: cada naviera y cada transitario le da su propio alcance.
Al pedir presupuesto, haga por escrito estas cuatro preguntas:
- ¿Están incluidos los THC en destino? Con las reglas C (CFR, CIF, CPT, CIP), es el concepto que más discusiones provoca.
- ¿Van incluidos los gastos de orden de entrega (delivery order) y de documentación? Suelen ser gastos locales del agente y no aparecen en el presupuesto del flete.
- ¿El recargo ETS es estimado o definitivo?
- ¿Los recargos son fijos o están sujetos a tarifa? Si el contrato dice «los recargos están sujetos a la tarifa vigente de la naviera», no tiene un precio fijo.
En la tabla de reparto de costes Incoterms se detalla, línea por línea, a quién corresponde cada concepto según la condición de entrega.
Por qué se descuadra un presupuesto: el calendario de GRI y PSS
El caso típico: se da el presupuesto, el comprador lo acepta y se hace la reserva (booking). Pero en la semana de carga entra en vigor un GRI o un PSS, el día 1 o el 15 del mes. Una reserva aceptada pero todavía sin cargar queda sujeta a la nueva tarifa.
Resultado: el transitario queda atrapado entre el precio que cerró con su cliente y el que le aplica la naviera. El exportador que tiene un acuerdo de flete fijo a tres meses también se encuentra con un PSS que entra en vigor a mitad de mes.
Compare la validez del presupuesto con la fecha de carga, no con la de reserva. El riesgo de cada GRI o PSS que entre en vigor entre ambas fechas es suyo. Al pedir presupuesto, pregunte por escrito: «¿Hasta qué fecha y en qué condiciones es válido este precio?».
Si en el contrato lee «los recargos están sujetos a la tarifa vigente de la naviera», no tiene un precio fijo. En los acuerdos a largo plazo, deje por escrito, concepto por concepto, cuáles quedan fijos y cuáles abiertos.
Antes de reclamar una factura, elija bien el interlocutor. Escribir a la terminal por un concepto de la naviera, o a la naviera por uno de la terminal, hace perder tiempo, y mientras tanto los relojes siguen corriendo.
Cuando algo sale mal
Los THC en destino no parecen ser de nadie
En una venta CFR o CIF, el vendedor paga el flete y el conocimiento de embarque lleva la mención freight prepaid (flete pagado). El comprador lo ve y se niega a pagar los THC en destino; el contenedor espera en la terminal y empieza a correr la demora (demurrage).
Qué hacer: deje claro en el contrato si los gastos de terminal en destino están incluidos en el flete. Es la laguna conocida de las reglas C.
El presupuesto que parecía fijo no lo es
Se cierra un acuerdo a tres meses, pero los recargos quedan sujetos a tarifa. A mitad de mes entra un PSS y el precio cambia. Como el texto del contrato lo permite, hay poco margen para reclamar.
Costes de 2026 calculados con la lista de precios de 2025
En las rutas con la UE, el porcentaje del RCDE UE pasó del 70 % al 100 %, y se incluyeron el metano y el óxido nitroso. Un cálculo hecho con la lista antigua no se sostiene.
La factura llega en una sola línea y nadie pide el desglose
Si el total se factura como un único concepto, no se ve cuánto supone cada recargo; si hay una línea reclamable, pasa inadvertida.
Qué hacer: pida que cada factura detalle por separado el concepto, la cantidad y el precio unitario.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga los THC?
Depende de la condición de entrega y del contrato. Los THC en origen suelen generarse del lado de la exportación, y los de destino, del lado de la importación; pero con las reglas C es el contrato de transporte el que decide si los THC en destino van incluidos en el flete, y ahí empieza la mayoría de las discusiones.
El desglose línea por línea está en la tabla de reparto de costes Incoterms.
¿Puedo reclamar los recargos?
Los recargos se basan en una tarifa que la naviera publica de forma unilateral, así que alegar que «este cargo no debería existir» rara vez prospera. Lo que sí se puede reclamar es el cálculo en sí: si el concepto figuraba en el contrato, si se aplicó la tarifa correcta y si la fecha de entrada en vigor alcanza a su envío.
Por eso, conseguir por escrito en la fase de presupuesto qué recargos se aplicarán es mucho más eficaz que reclamar después.
¿Por qué varían tanto los fletes?
El flete base se mueve con la oferta y la demanda, y a él se suman los recargos de combustible, divisa y temporada. Las alteraciones en las rutas y los cambios de capacidad pueden provocar grandes oscilaciones en poco tiempo.
En esta página no damos niveles actuales ni previsiones. Para datos de mercado, consulte el informe anual de la UNCTAD sobre el transporte marítimo y los anuncios de tarifas de las propias navieras; si nos lo pide, le preparamos un presupuesto actualizado para su ruta.
¿El recargo ETS aparece en todos los envíos?
Aparece en los viajes incluidos en el RCDE UE: los que llegan a puertos de la UE, los que salen de ellos y los que unen puertos de la UE entre sí. En las rutas que quedan fuera, este concepto no se genera.
Cómo se calcula el importe y cómo se repercute al cargador depende de cada naviera; pregunte si el presupuesto lo muestra como «estimado» o como definitivo.
Fuentes
- Comisión Europea — Inclusión del transporte marítimo en el RCDE UE (preguntas frecuentes) Introducción escalonada de la obligación: 40 % en 2024, 70 % en 2025 y 100 % desde 2026; metano y óxido nitroso incluidos desde 2026 · climate.ec.europa.eu · consultado el 1 de septiembre de 2026
- UNCTAD — Review of Maritime Transport 2025 Datos institucionales sobre el mercado de fletes y la estructura de los recargos · unctad.org · consultado el 1 de septiembre de 2026
- FIATA — Guías prácticas Práctica de recargos y contratos para transitarios · fiata.org · consultado el 1 de septiembre de 2026
- UE — Reglamento de exención por categorías para los consorcios de transporte marítimo de línea regular (2020/436) La exención expiró el 25 de abril de 2024 y no se renovó; la cooperación entre navieras de línea regular queda ahora sujeta a las normas generales de competencia · eur-lex.europa.eu · consultado el 1 de septiembre de 2026
Esta página es meramente informativa. Ninguno de los recargos tiene una definición normativa internacional: son conceptos comerciales ligados a la tarifa de la naviera, que esta puede modificar de forma unilateral. La denominación y el alcance cambian de una naviera a otra. En esta página no figura ninguna cifra de tarifas; compruebe sus cifras en el contrato de transporte y en la tarifa que publica la naviera.
Historial de cambios
- Página publicada como versión en español de la página turca del 1 de septiembre de 2026. Los porcentajes de la introducción escalonada del RCDE UE y la inclusión del metano y el óxido nitroso desde 2026 se verificaron en la página de preguntas frecuentes de la Comisión Europea.